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Aporta al sostenimiento

Del ICBF, el SENA

Aportes parafiscales

Los aportes parafiscales son contribuciones de carácter obligatorio impuestas por la ley en cabeza de los empleadores, las cuales se determinan sobre la base gravable de la nómina total de trabajadores y que beneficia no solo a estos, sino también al sostenimiento del ICBF, el SENA y las Cajas de Compensación Familiar.

Todos los empleadores deben afiliarse y pagar los aportes de sus trabajadores permanentes o que realicen actividades para un patrono por más de cuatro horas diarias o más de 96 horas mensuales. Todos los tipos de aportantes deberán realizar sus aportes, bien sea en su modalidad electrónica o asistida, según lo contemplado en el Decreto 1990 de 2016 a más tardar en las fechas que se indican a continuación:

¿Quiénes se pueden afiliar a las Cajas de Compensación?

  • TRABAJADORES DEPENDIENTES
  • TRABAJADORES INDEPENDIENTES
  • EMPLEADOS DEL SERVICIO DOMÉSTICO
  • PENSIONADOS: LEY 1643 mesada pensional hasta 1.5% del SMMLV
  • PENSIONADOS: DEL 2% SU MESADA PENSIONAL SUPERE EL 1.5% SMMLV
  • PENSIONADOS: 25 AÑOS QUE HAYAN ESTADO AFILIADOS AL SISTEMA DEL SUBSIDIO FAMILIAR
  • MIGRANTES APORTE DEL 2% SOBRE DOS SMMLV
  • EMPLEADORES: 4%/ NÓMINA
  • INDEPENDIENTES: 2% / COTIZACIÓN BASE
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